Seis meses de calvario… y alguno más, sin poder hacer nada. Un hombre se vio privado de su hijo e indefenso ante la ineficacia de un juzgado de Ocaña. La que hasta ese momento era su mujer decide llevarse al hijo de ambos a Jerez de la Frontera, sin su consentimiento. De inmediato, Andrés acude a este juzgado para interponer una demanda de divorcio en la que urgía la adopción de medidas provisionales. O lo que es lo mismo, se instaba a que el niño regresase al domicilio familiar.
Pasan los meses, sin recibir respuesta, y lejos de obtener una solución se ve inmerso en un juicio por violencia de género. Ante la desidia del juzgado de Ocaña, en Toledo, la madre decide interponer una denuncia por maltrato ante el Juzgado de Violencia contra la Mujer de Jerez de la Frontera.
La vista por la denuncia de violencia de género se celebra y «es absuelto con todos los pronunciamientos favorables». Sin embargo, el juzgado de Ocaña sigue sin señalar fecha para el juicio por divorcio, por lo que el menor sigue viviendo con su madre hasta seis meses después, por lo que decide reclamar. La respuesta del Consejo General del Poder Judicial ha dictado que se ha producido un retraso en la tramitación que no resulta justificado.
Soy un padre separado con un régimen de visitas establecido en el juzgado de primera instancia número 24 de Valencia, donde vivo y vivía mi hijo con su madre hasta el pasado jueves. El régimen cpntempla que me corresponde estar con mi hijo, de 7 años, los martes y los jueves a la salida del colegio y fines de semana alternos. El jueves pasado, de pronto, cuando esperaba que llegara la tarde para estar con mi hijo, por la ñana ha m.e llegó un burofax de Toledo. Su madre me comunicaba que se había trasladado a vivir allí con mi hijo, por nlo cual iba a ser imposible cumplir el régimen de visitas. Estoy desesperado, no se que hacer.
Lo conveniente es presentar de inmediato una ejecución de sentencia solicitando el cumplimiento de la misma y exponiendo con el burofax el incumplimiento, ya que unilateralmente la madre no peude proceder a un cambio de residencia sin una sentencia de modificación de medidas que así lo acuerde.
También cabe la posibilidad de presentar en el juzgado de guardia o en la policía la denuncia, no por incumplimiento sino por un traslado ilícito.
Aun que la via adecuada es la ejecución de sentencia mediante presentación de demanda, solicitando al juez que se cumpla el regimen de visitas.
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